El gobernador anunció nuevas medidas para combatir la pandemia de coronavirus

Chaco. 12/04/2020. "La mejor manera de combatir el virus es el aislamiento preventivo domiciliario obligatorio. Por eso, hemos decidido extenderlo hasta el 26 de abril", explicó Jorge Milton Capitanich. E

"Agradezco a los docentes, a los alumnos por hacer sus tareas, a los médicos, enfermeros, trabajadores de la salud por atender a nuestras ciudadanos y ciudadanas, a los trabajadores sociales, a los trabajadores que están exceptuados de esta medida y trabajan todos los días para garantizar que el país en estas condiciones pueda funcionar", dijo Capitanich.

"Agradezco enormemente el esfuerzo que están realizando todos los chaqueños y chaqueñas. El esfuerzo vale la pena. Estamos viendo resultados. Estamos salvando vidas”, explicó el titular del Ejecutivo chaqueño. 

Actividades comerciales, industriales, de construcción y de servicios considerados esenciales o exceptuados por Decisiones Administrativas del Estado Nacional

  • Abastecimiento de combustible en sus diferentes etapas de acopio y comercialización.
  • Distribución y venta de gas.
  • Procesamiento, distribución y comercialización de productos alimenticios y bebibles.
  • Procesamiento, distribución y comercialización de productos de limpieza, higiene personal, hospitalarios y médicos, y sus diferentes insumos.
  • Atención médica, odontológica, oftalmológica y laboratorios bioquímicos,
  • Servicios de comunicación, audiovisuales y de telefonía.
  • Provisión de insumos complementarios para distribución y empaque de productos alimenticios, bebidas, perfumerías y otros.
  • Distribución y comercialización de insumos, medicamentos y alimentos para mascotas y
  • atención veterinaria para mascotas.
  • Centros de atención telefónica, debiendo respetar los protocolos establecidos en normas nacionales, provinciales y municipales y mantener al menos un puesto de trabajo intermedio entre cada operador, no pudiendo superar en ningún momento una ocupación superior al cincuenta (50) por ciento de la capacidad instalada.
  • Obras privadas referidas a la refacción, construcción o mantenimiento de la infraestructura sanitaria o de carácter especial, debiendo solicitar permiso de excepción por ante la autoridad sanitaria.
  • Obras públicas en general.
  • Empresas de seguridad y vigilancia.
  • Servicios fúnebres y salas velatorias.
  • Actividad industrial en sus diferentes ramas, sin atención al público.
  • Locales de venta y preparación de productos ópticos. Atendiendo sólo por la mañana y cuyos clientes deberán contar con constancia de turno confirmado para trasladarse hasta el mismo.
  • Actividad forestal.
  • Actividad agropecuaria, incluídos los eslabones de provisión de herramientas e insumos,
  • asistencia técnica-profesional y servicios de mantenimiento.
  • Talleres mecánicos y comercios dedicados a la venta de repuestos de vehículos
  • Servicios profesionales
  • Ferreterías y venta de materiales eléctricos y de construcción
  • Actividades habilitadas por Decisiones Administrativas de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación.

Aislamiento de localidades críticas
Se dispone el aislamiento preventivo para las localidades críticas, comprendiéndose el área metropolitana (Resistencia, Barranqueras, Fontana y Puerto Vilelas) y las que se declaren como tal por el Ministerio de Salud.
La medida implica la restricción para circulación de personas y automotores fuera de los ejidos de las localidades, salvo las excepciones de transportes que se establecen en los apartados del presente y tiene por objeto evitar la circulación viral comunitaria.
Las localidades que no presenten casos positivos de contagio de coronavirus, podrán ser objeto de regulaciones especiales.

Circulación en la ciudad de Resistencia
Se dispondrán de cordones sanitarios de control policial, restringiendo la circulación entre las zonas de las Av. Rivadavia/ Paraguay; Castelli /Alvear; Velez Sarsfield /Las Heras y Belgrano/Ávalos. Quienes circulen o pretendan ingresar a esos cuadrantes, deberán acreditar domicilio en la zona, causa justificada y/o contar con autorización emitida por autoridad pertinente.

Antecedentes normativos
Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional Nº260/2020, Nº297/2020, N°325/2020, N°355/2020, las Decisiones Administrativas de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación Nº429/2020, Nº450/2020, Nº467/2020, Nº468/2020, Nº490/2020, los Decretos Provinciales Nº 432/2020, Nº 433/2020; N°466/2020.

12.04.2020
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