COMUNICADO DE PRENSA: Uso obligatorio de Chaleco reflectivo para motociclistas - Ley 7569



El día Jueves 06/ago/2015, aprox. hora 10,00, con la presencia del Subsecretario de Seguridad Vial del Chaco, Dr. Juan M. Chappo, Policía Caminera y Padres en Ruta VA, se llevará acabo el operativo de concientización e información respecto al uso del chaleco reflectivo de motociclistas y acompañantes, ciclomotores y (el uso del casco también es obligatorio)-,  que ha partir de octubre de este año y por ley 7569 será obligatorio al circular por rutas chaqueñas.

Mencionada concientización se llevará a cabo en la Ruta Nac. 95 (Villa Angela, Chaco), se obsequiarán chalecos a motociclistas.

Esperando contar con su apoyo, y por su intermedio hacer extensivo para el acompañamiento de toda la ciudadanía, saludo a Ud. Atte.


SubComisario Ruben Kunzli – Policía Caminera del Chaco





En todas las rutas provinciales del Chaco

Por ley será obligatorio el uso de chalecos reflectantes en motociclistas

30/04/2015 Con la sanción de la Ley 7569, producto de iniciativas del ex legislador Livio Gutiérrez y otra de los diputados Irene Dumrauf, Luis Verdún y Mariana Salom, se implementa el uso obligatorio de chaleco reflectante para todos los conductores y acompañantes de motocicletas, ciclomotores y bicicletas como medio de transporte que circule por rutas en el territorio de la Provincia del Chaco.



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Por ley será obligatorio el uso de chalecos reflectantes en motociclistas
Dicha implementación deberá hacerse con las restricciones de circulación que para estos vehículos establece el artículo 46 y concordantes de la ley nacional 24.449 y sus modificatorias. Los organismos competentes del Poder Ejecutivo, determinados en la reglamentación y la Policía Caminera de las Provincia, serán  los encargados de constatar el incumplimiento de lo dispuesto.

La Ley determina que las Direcciones de Juzgamiento Administrativo de Infracciones de Tránsito, impondrán al infractor multas de 20 U.F. hasta 100 U.F., entendiéndose que el valor de la U.F. (Unidad Fija) será equivalente al menor precio de venta al público de nafta súper que fija el Automóvil Club Argentino, o en el supuesto  que exista reconocimiento voluntario de la infracción por parte del infractor la autoridad de juzgamiento podrá imponer la realización de trabajos comunitarios al infractor.

En caso de no usar el conductor y el acompañante  el chaleco reflectante previsto en la ley, se establecerá por  vía de reglamentación el procedimiento a  aplicarse. La autoridad de aplicación realizará campañas de difusión y concientización sobre los riesgos que implica conducir vehículos sin la debida protección de seguridad vial.

La sanción invita a los Municipios a adherir a la norma, que será reglamentada dentro del plazo de 60 días posteriores a su publicación en el Boletín Oficial.


Chaco Día por Día
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