POLÉMICA EN LA RIOJA: YA ARRESTARON A 128 PERSONAS POR MANEJAR ALCOHOLIZADAS

Juan Pablo Parrilla

La Rioja | 19-06-2015 | Infobae
Un decreto estipula la pena de hasta un mes de cárcel. En los últimos fines de semana no hubo víctimas fatales. Pero sus detractores lo acusan de inconstitucional porque los comisarios son juez y parte
Con 37,4 fallecidos por accidentes viales cada 100 mil habitantes en 2014, La Rioja es la segunda provincia con peores estadísticas del país. Sin embargo, en los últimos dos fines de semana no hubo que lamentar víctimas mortales. ¿El motivo? La entrada en vigencia de un decreto que impone la pena de cárcel para las infracciones más graves a la ley de tránsito. No obstante, su aplicación no está exenta de controversia: el código de faltas es una norma de la última dictadura derogada por una ley que no se aplica y en el que el comisario es juez y parte.
La norma se promulgó sin discusión legislativa. Con el número 840, en los primeros días de junio se publicó un decreto -que modificó el código de faltas, de 1977-, que estipula una pena de cárcel de hasta 30 días para los que conduzcan con más de 200 miligramos de alcohol por litro de sangre o bajo los efectos de estupefacientes, los que corran picadas, los que provoquen un accidente y se den a la fuga, y los que escapen de los controles de tránsito. También dispone el secuestro del vehículo por hasta un mes, la inhabilitación para conducir por el mismo lapso y una multa que puede ascender a 12 mil pesos.
Hasta ahora hubo dos tandas de controles en los fines de semana que van del mes. En el primero arrestaron a 84 personas y en el segundo, a casi la mitad, 44. Y la efectividad, al parecer, fue total: desde el gobierno de Luis Beder Herrera aseguran que no hubo víctimas fatales en esos días, todo un logro para una provincia en la que el uso del cinturón de seguridad fuera de las rutas está muy lejos de ser una regla.
Pero la aplicación no está exenta de polémicas. La controversia tiene una base: en La Rioja no hay consenso sobre qué código de faltas se debe aplicar, porque la ley 4.245 que actualmente se usa fue derogada por la ley 7.062. Sin embargo, tras la publicación de esta última, en febrero de 2001 se emitió un decreto que supeditó su entrada en vigencia al dictado de una reglamentación y a la puesta en marcha de juzgados de faltas, dos requisitos que nunca se cumplieron. No obstante, la jugada no está exenta de debate, porque un decreto no puede derogar, modificar o condicionar la puesta en marcha de una ley.
Aún así, hoy se aplica la norma de la época de la dictadura que, por ejemplo, castiga al hombre que se vista de mujer en la vía pública. Y, lo más controvertido, el comisario es quien termina actuando como juez. Por eso un abogado local, Enrique Leiva, presentó hace unos años una denuncia en la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación por la "privación ilegítima de la libertad de entre 15 mil y 20 mil personas", basado en que la ley que el Gobierno y la Justicia consideran válida permite la detención de personas sin orden de un magistrado, algo que contradice los artículos 19 y 22 de la Constitución provincial.
"El decreto 840 viola la Constitución, porque el que detiene es el jefe de la comisaría sin orden del juez competente, y encima no hay posibilidad de ejercer el derecho de defensa ni garantías para el detenido. Entonces el comisario es juez y parte. El decreto, además, lo firmó el gobernador, ni siquiera se discutió en la Legislatura, por ende, es un acto que no tiene virtualidad suficiente para modificar una ley y menos la Constitución", advirtió Leiva en una entrevista conInfobae.
"El primer acto de defensa es la declaración indagatoria, que en este caso no hay. Si uno quiere llevar a un abogado, no hay forma de que lo pueda asistir. Si se apela, el que entiende es el mismo jefe de policía. De ahí, a su vez, se apela al Ministro de Gobierno y recién en ese momento, si se apela, aparece el juez de instrucción. Esto tardaría 4 ó 5 meses", insistió. Y concluyó: "Es cierto que la población abusa del alcohol, pero tampoco hay que ir al otro extremo".
Otra observación: tampoco hay igualdad ante la ley ni reglas claras. Y la falta de reglamentación da lugar a discrecionalidades. Hasta las propias autoridades se han contradicho. Por ejemplo, el secretario de Seguridad, Luis Ángulo, habló de un mínimo de 5 días de detención, mientras que el comisario Roque Jaime, director de Seguridad de la Policía provincial, señaló que el piso son 7 días, algo que, si fuera cierto, no se cumplió. El decreto, en tanto, sólo consagra una pena máxima.
Consultado sobre la posibilidad de que dos personas con la misma graduación alcohólica puedan tener una sanción distinta, el propio Angulo reconoció que no hay ningún tipo de instructivo que imponga parámetros y demostró que la decisión es absolutamente discrecional. "Generalmente se trata de ser lo más justo y equitativo posible, pero hay que tener en cuenta la situación personal de cada uno. También hay que ver la situación familiar, el trabajo. Hay muchos factores que influyen", señaló, pese a que ninguna ley detalla cuáles son esos factores.
El martes se refirió al tema el presidente del Tribunal Superior de Justicia, Mario Pagotto, siempre cercano a las posiciones del oficialismo. Aunque evitó adelantar criterios jurídicos porque es posible que en un futuro tenga que pronunciarse sobre el decreto, opinó: "Se pueden discutir muchas cosas, pero como medida política se inscribe en el marco de una capacidad de respuesta del gobierno para prevenir y de hecho las estadísticas han bajado notablemente".
Infobae trató de conseguir el testimonio de algún miembro del Gobierno o de la Agencia de Seguridad Vial Provincial para que explique cómo funcionan las detenciones y si efectivamente las ordenan los comisarios, pero pese a las insistentes llamadas y envíos de emails a la Secretaría de Prensa y Difusión desde el martes, no hubo respuesta hasta la publicación de esta nota.
La segunda polémica que surgió es la concesión de una comisión a los policías que labren multas por infracciones de tránsito. Para los detractores, este tipo de medidas pueden derivar en excesos y no hay motivos para compensar a quien cumple con su trabajo. Para los defensores, en cambio, es una motivación extra para hacer las cosas bien. Otros lo interpretaron como un gesto del Gobierno a la fuerza provincial, con la que tiene un largo conflicto que incluyó la expulsión de la fuerza sin goce de sueldo de la representante de los reclamos sindicales de la policía.
Ante a este cuadro, en Chilecito –la segunda ciudad más grande de la provincia–, el titular de laUnidad Regional II de la policía, Fernando Peralta, se negó a aplicar el decreto y a arrestar a las cuatro personas que fueron multadas el primer fin de semana de junio por conducir con una graduación en sangre por encima del máximo permitido. Finalmente, fue desplazado de su cargo.
Los que festejaron el decreto fueron los choferes de taxis y remises, quienes se auguraron más trabajo. No obstante, no contaban con la irrupción de autos particulares que por un precio más económico trasladan de un lugar a otro a los que quieren tomar alcohol y no conducir para respetar la flamante normativa. Frente a ello, hicieron sentir sus reclamos y amenazaron con hacer un piquete.
Desde el oficialismo, la defensa fue pragmática. "Podemos hacer críticas de diferentes cosas, pero en definitiva el decreto funcionó bien. Veo a la gente con casco y no hemos tenido los hospitales llenos", sostuvo Beder Herrera. "Vamos a seguir con mano dura para que la gente tome la costumbre de cuidarse", adelantó. Y anticipó que otros gobernadores lo contactaron para analizar la iniciativa.



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