¿SON LEGALES? ¿SON SEGUROS?
26-05-2014 (diario21.tv) • El accidente
ocurrió cuando perdió el control de su rodado, aparentemente, al esquivar el
lomo de burro de la avenida Castelli al 2200. El joven conductor tenía 23 años,
no llevaba casco, y era acompañado por otro muchacho de 16 años.
En la mañana del domingo un muchacho de 23
años perdió la vida al querer esquivar un lomo de burro situado en la Avenida
Castelli al 2200 aproximadamente. La víctima fatal fue identificada como Felix
Portillo de 23 años quien era acompañado por otro joven de 16 años.
Alrededor de las 07,05 hs aproximadamente
efectivos de la Comisaria Quinta Metropolitana fueron alertados a través del
servicio de emergencias 911, que en Avenida Castelli y Calle Miguel Delfino se
habría producido un accidente de tránsito.
Portillo circulaba en una motocicleta marca
Suzuki AX-100, junto a otro joven de 16 años que resulto con “T.E.C GRAVE Y
POLITRAUMATISMO GRAVE” quedando en observación en el Hospital Perrando.
El siniestro ocurrió cuando quisieron
esquivar el lomo de burro de la avenida Castelli perdiendo el control del
rodado e impactando contra el cordón que divide ambos carriles. Intervino
Gabinete Científico del Poder Judicial quien se abocaron a sus tareas
específicas. No se informó si iba a gran velocidad ni cual fue el motivo que
los llevó a esquivar repentinamente la "lomada".
LOMOS
DE BURRO, ¿LEGALES, ÚTILES, SUTILES?
Hay poca claridad y un vacío legal en cuanto
a los polémicos lomos de burro. En Resistencia y el Área Metropolitana han sido
instalados excesivamente, en algunos casos de manera torpe e inadecuada, como
por ejemplo antes de un semáforo. No todos son iguales, y en su mayoría no
están señalizados. Son, en el contexto de un tránsito caótico, un
"parche" más que no otorga soluciones de fondo.
En la provincia de Buenos Aires, por
ejemplo, según la ley 12582, "Queda terminantemente prohibido, en todo el
ámbito de aplicación de la presente ley, la utilización de reductores de
velocidad denominados “Lomo de Burro” del tipo “Bump”. Sin embargo, en la Ley
Nacional de Tránsito 24.449 no existe definición de lomos de burro o reductores
de velocidad en las vías de circulación. Tampoco autoriza a que en rutas nacionales
haya de modo permanente lo que se denominan “obstáculos”, que pueden ser
transitorios por obras o casos de fuerza mayor, pero que deben ser debidamente
señalizados. En definitiva, su colocación no está regulada y por tanto, tampoco
están homologados como medio idóneo para reducir la velocidad de los vehículos.
Cuando se trata de rutas provinciales o de
calles de una localidad, cada autoridad (Estado provincial o municipio) puede
definir a su criterio las condiciones de transitabilidad y seguridad. Pero por
la falta de una adecuada señalización, muchas veces, no cumplen con su fin.
Diario21.Tv y Policía del Chaco
http://www.diario21.tv/notix2/noticia/28303_resistencia-un-joven-en-moto-perdioacute-la-vida-por-esquivar-un-lomo-de-burro.htm