"Cobrar multas para otorgar la licencia de conducir es extorsivo"

Chaco
PALABRA DEL DEFENSOR DEL PUEBLO DEL CHACO
"Cobrar multas para otorgar la licencia de conducir es extorsivo"(25-08-16 - diario21.tv) • La Defensoría señaló que la Cámara consideró que la ordenanza tiene fines meramente recaudatorios, ya que no está demostrado de qué manera este requisito contribuye a la seguridad vial, y que además contradice la Ley Nacional de Tránsito, por lo que resulta inconstitucional. 
“La Defensoría del Pueblo aguarda que la municipalidad acate la manda judicial que declara la inconstitucionalidad de la ordenanza en cuestión y la deje sin efecto”, dijo Corregido en declaraciones a RADIO CIUDAD. 
“Este es un tema que hace unos años lo había recomendado la Defensoría al municipio de Resistencia, pero lo siguieron haciendo, es decir siguen exigiendo el pago de las multas para renovar el carné de conductor”, señaló el titular de la Defensoría.
“No tiene nada que ver el derecho a tener un registro de conductor a tener que pagar una multa que tiene una sanción económica, porque la sanción no es que habilita el retiro del carné, o impide la conducción, son cosas distintas, de manera que es inconstitucional”, planteó.
Corregido lamentó que la Defensoría “tenga que estar ocupándose de algo tan obvio que hace la municipalidad”. “Ésta es una falta de calidad institucional del municipio”, sostuvo. “Pretender cobrar las multas para otorgar la licencia de conducir es extorsivo. No tiene sentido”, remarcó.
El ombudsman adelantó que llevará el mismo reclamo al municipio de Barranqueras, donde se aplica una norma similar, que exige a los conductores el pago de las multas como condición para acceder a la licencia. 
Corregido se refirió así al fallo de la  Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Resistencia, que confirmó la sentencia dictada por el juez Jorge Sinkovich, del Juzgado Civil y Comercial N° 6 en la causa “Albrecht, Federico Martín c/Municipalidad de Resistencia s/acción de amparo”, Expediente N° 9169/15, que declara la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la Ordenanza Municipal N° 11386/14, que exige la presentación de certificado de antecedentes o libre deuda municipal para acceder a la renovación de la licencia de conducir.
La Defensoría señaló que la Cámara consideró que la ordenanza tiene fines meramente recaudatorios, ya que no está demostrado de qué manera este requisito contribuye a la seguridad vial, y que además contradice la Ley Nacional de Tránsito, por lo que resulta inconstitucional.

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